Gloria Reyes Gomez

Gloria Reyes Gomez

domingo, 21 de septiembre de 2014

Normativa sobre Banca Comunal. Análisis del "Reglamento para Operaciones de Microcrédito Otorgadas bajo la Tecnología de Banca Comunal" en Bolivia

A finales del 2009 la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia (Ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras), emitió el “Reglamento para Operaciones de Microcrédito Otorgadas bajo la Tecnología de Banca Comunal”. Esta es considerada una de las primeras normas emitidas por una institución de supervisión financiera. Lo que permitiría que las entidades microfinacieras otorgaran créditos bajo la Tecnología de Banca Comunal. En otro post hablaremos en detalles sobre la Banca Comunal.

Esta normativa pionera en la regulación de la Banca Comunal de Bolivia tiene aciertos importantes y que son un referente para el mundo de las Microfinanzas. De los principales aciertos del Reglamento para operaciones de microcrédito otorgadas bajo la tecnología de Banca Comunal que me gustaría señalar lo establecido en el artículo 1 que se hace referencia a las características de la Banca Comunal. Cuando menciona que deben conocerse entre sí y pertenecer a la misma comunidad los asociados, que debe estar bajo la responsabilidad de una funcionarios (agente) de la IMF, la promoción al ahorro, y los créditos internos a los asociados. También en los requisitos para otorgar el microcrédito lo relacionado a las medidas de control, el personal especializado y los instrumentos que permitan medir el desempeño social. Al igual que la descripción de la conformación de la Banca Comunal, su directiva, reglamento y reuniones periódicas.

Desaciertos de la Norma:

Podría considerarse como desaciertos el hecho de que no se hayan establecido los montos o márgenes de los microcréditos (ya sea en porcentajes de salarios o de acuerdo con la normativa del país), también que no se mencione las restricciones del uso que le podrían dar los beneficiarios a estos fondos como por ejemplo comercio con especies en extinción, juegos de azar, productos sin licencia de distribución como alcohol, farmacéuticos o actividades contra los principios éticos o morales. Al igual que el no definir el organigrama de la directiva con sus funciones ni los alcances que podría tener el reglamento. Finalmente, podría mencionar el hecho de que no mencione a los sectores que va dirigido y el destino de los microcréditos.

Sugerencias para incorporar o eliminar de la norma:

En este apartado me enfocaré más bien en las sugerencias a incorporar comenzando por lo citado anteriormente como desaciertos entendiendo que debería incorporarse y sumado a esto proponer un apartado en lo relacionado al ahorro que promueva el ahorro voluntario por encima del obligatorio en el caso de los asociados, que se promueva una mayor la participación de las mujeres y aunque no esté segura si en una regulación estatal se pudiera incluir fijar las tasas de intereses sugeridas para las IMFs.
En comparación con otros países en el caso de la República Dominicana solo he podido verificar el proyecto de reglamento de Microcréditos del año 2013, solo menciona a los créditos comunales pero no de manera muy amplia, más bien define sus características pero no especifica su funcionamiento ni los métodos de implantación
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